La Ley de Seguridad Ciudadana, proyecto comúnmente conocido como "ley mordaza" o "ley de la patada en la boca" ha sido hoy aprobada por el Consejo de Ministros. Esta ley pretende regular ciertos aspectos del orden público para evitar lo que el Gobierno califica como "desorden". Sin embargo, el catálogo es de lo más amplio y aunque entre medias hay propuestas razonables, el número de despropósitos es reseñable.
Lo más aberrante de esta ley es su arbitrariedad. ¿Qué es, por ejemplo, "ofender a España"? ¿Y quién lo decide? En ese último aspecto la ley sí se posiciona, ya que a partir de ahora los vigilantes privados, los habitualmente llamados "guardias jurados" podrán identificar e incluso detener a quienes participen en las conductas descritas en la ley o en el Código Penal. Constituye el primer paso, por tanto, hacia la privatización de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Hasta leer esto no entendía cuál era la razón por la cual la Asociación Unificada de Guardias Civiles y los sindicatos policiales protestaban por este proyecto, pero empiezo a entender los motivos. También han criticado que sea "demasiado suave" por haberse dejado llevar por la presión de la oposición.
Personalmente creo que es bastante confiscatorio introducir multas de hasta 600.000 € por las conductas más graves, como protestas "ilegales" en "infraestructuras críticas". No se dice cuáles son, pero se menciona a modo de ejemplo, los aeropuertos. ¿Podemos entender que se extiende a toda clase de estaciones de transporte. La perturbación "muy grave" en oficios religiosos también recibe la máxima sanción. ¿Recordáis la clásica escena de las películas del amante irrumpiendo en la boda injusta y pidiendo que se cancele? Bueno, mejor que se lo piense dos veces, porque ahora se puede quedar en la ruina. También recibe la máxima multa la celebración de espectáculos públicos sin autorización, así que olvidáos de flashmobs en España a partir de ahora.
Lo más aberrante de esta ley es su arbitrariedad. ¿Qué es, por ejemplo, "ofender a España"? ¿Y quién lo decide? En ese último aspecto la ley sí se posiciona, ya que a partir de ahora los vigilantes privados, los habitualmente llamados "guardias jurados" podrán identificar e incluso detener a quienes participen en las conductas descritas en la ley o en el Código Penal. Constituye el primer paso, por tanto, hacia la privatización de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Hasta leer esto no entendía cuál era la razón por la cual la Asociación Unificada de Guardias Civiles y los sindicatos policiales protestaban por este proyecto, pero empiezo a entender los motivos. También han criticado que sea "demasiado suave" por haberse dejado llevar por la presión de la oposición.
Personalmente creo que es bastante confiscatorio introducir multas de hasta 600.000 € por las conductas más graves, como protestas "ilegales" en "infraestructuras críticas". No se dice cuáles son, pero se menciona a modo de ejemplo, los aeropuertos. ¿Podemos entender que se extiende a toda clase de estaciones de transporte. La perturbación "muy grave" en oficios religiosos también recibe la máxima sanción. ¿Recordáis la clásica escena de las películas del amante irrumpiendo en la boda injusta y pidiendo que se cancele? Bueno, mejor que se lo piense dos veces, porque ahora se puede quedar en la ruina. También recibe la máxima multa la celebración de espectáculos públicos sin autorización, así que olvidáos de flashmobs en España a partir de ahora.
Las infracciones graves tampoco tienen pérdida. Obstruir un deshaucio tendrá pena de 30.000 € de multa, lo mismo que las concentraciones no autorizadas ante edificios públicos. La misma pena tendrá no identificarse ante la Policía (o un vigilante de seguridad privada), así que no os dejéis el DNI en casa si os váis a la playa. Pero cuidadito con perderlo, porque perderlo tres veces en cinco años también será una infracción leve con hasta 1.000 € de multa. También tendrá pena de multa de hasta 30.000 € la desobediencia a la autoridad. Si había un resquicio sobre la desobediencia justificada o pacífica, no cabe con esta ley.
Si esto fuera poco, el Ministerio guardará los antecedentes de aquellos que vulneren la ley, creando un nuevo cuerpo paralelo de "antecedentes penales", salvo que no tendrán la consideración de antecedentes penales. Si a esto le añadimos que no hace falta ningún control judicial, o prueba de ningún tipo sobre la conducta delictiva, estamos ante la restauración de facto del viejo "Tribunal de Orden Público" de épocas pasadas. Un abuso de la facultad de policía administrativa para meterse en el terreno penal sin otorgar las garantías que éste ofrece.
En resumen, se trata de una ley represiva, deliberadamente ambigua, con el fin de poder abarcar en ella la mayor cantidad de conductas posibles, y con una finalidad claramente recaudatoria. Un auténtico atropello al Estado de Derecho.
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