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miércoles, 23 de abril de 2014

Brasil aprueba la neutralidad de la red





Brasil se ha esforzado en los últimos días por aprobar la nueva legislación del país sobre Internet a tiempo del congreso #NetMundial, que comenzó hoy. El Congreso tratará sobre los derechos civiles en Internet y Brasil quería mostrar al mundo ser puntero en ese campo. Con un golpe de mano bastante sorprendente aprobó el día de ayer el llamado "Marco Civil para Internet". Esta nueva legislación se fundamenta en tres puntos o derechos básicos para los internautas:
  1. Establecer el derecho de los brasileños a disfrutar de privacidad en la navegación a través de Internet.
  2. Defiende el derecho a la libre expresión en Internet, sin límites al mismo más allá que el respeto a la ley y a los derechos de los demás usuarios.
  3. Establece la neutralidad de la red en Brasil, lo cual ha levantado las esperadas críticas por parte de los proveedores de servicios. 
Brasil se convierte con esta legislación en el tercer país del mundo en conceder el derecho a la neutralidad de la red, pero el primero en establecer todo un catálogo de derechos de los internautas.

Ni qué decir que el gobierno de Dilma Rouseff se aparta un poco más del gobierno de los EEUU al protegerse del espionaje al que ha sido sometida por parte de la NSA, tal y como reveló Edward Snowden en 2009.

La ley ha recibido el apoyo, entre otras personalidades, de Tim Berners-Lee (el creador de la World Wide Web), Thomas Hughes y la organización Article 19, Michael Freitas Mohallem y la ONG Avaaz, entre otros.

Sin embargo, también ha habido críticas. En primer lugar, la ley es menos ambiciosa de lo que algunos activistas más radicales querían. No se ha establecido, por ejemplo, la obligación a las empresas de establecer centros de datos en el país, algo que logísticamente es difícil de implementar y podría resultar en el corte de Internet al país. Por otra parte se critica que las empresas deban guardar de forma anónima y secreta un registro de las conexiones a Internet, que deben almacenar durante seis meses y puede ser solicitado a petición judicial. En mi opinión, mientras se respeten las garantías judiciales, esto no tiene por qué ser un problema de privacidad.

Tampoco ha sido bienvenido que en #NetMundial se equiparen a todos los actores, cuando Estados y organizaciones privadas (con o sin ánimo de lucro) deberían tener un papel secundario. En mi opinión, esta queja es producto de una mentalidad todavía anclada en el siglo XX. Lamentablemente, nuestro mundo y nuestra Internet es cosa de todos, por lo que creo acertado que todo el mundo tenga una voz. Aunque admito que quizá no esté tan bien que cerca del 40% de los asistentes sean miembros de corporaciones multinacionales privadas.

Aún a pesar de estas reservas, creo que esta es una buena noticia, y esperamos que la cumbra sirva a gobiernos, empresas privadas y ciudadanos del mundo a aceptar la causa de la neutralidad de la red y de la defensa de la libertad de expresión y privacidad en Internet.

jueves, 16 de enero de 2014

La neutralidad de Internet, al borde del abismo






Hace poco hablábamos del Compromiso Kingsbury y de la influencia que ha tenido en el desarrollo de Internet. Algo que mencioné entonces es que dicho Compromiso estaba cerca de romperse. Pues bien, ese día está ahora más cerca que nunca gracias a la la decisión del Tribunal de Apelaciones de EEUU en el caso Comisión Federal de Telecomunicaciones contra Verizon.

Este caso fue planteado porque Verizon quiere, en la práctica, desligarse del Compromiso Kingsbury y ofrecer menor velocidad de conexión a determinados sitios de Internet en función de criterios comerciales. Además, quiere poder ofrecer diferentes precios y velocidades de conexión en función de criterios de disponibilidad de servidores y redes, lo cual favorece a las grandes empresas sobre los consumidores, ya que éstas absorberán la mayor parte del tráfico circulatorio de Internet. De esa forma muchos sitios de streaming de contenidos podrían ver reducida su funcionalidad. Tampoco favorece a las start-up que no tengan acceso a nodos de red de alta velocidad en parques tecnológicos, por ejemplo. 

El Presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, Tom Wheeler, al que podéis ver arriba en la foto, ha tomado esto como un agravio y encabeza una cruzada personal por defender la aplicación del Compromiso Kingsbury a Internet. A raíz de la sentencia ha emitido un comunicado en el cual reafirma la capacidad de la Comisión para "promulgar leyes que gobiernen el tratamiento del tráfico en Internet proporcionado por los proveedores de banda ancha".  Esta autoridad que amenaza con ejercer vendría a consistir, según un artículo de El País, en cambiar la definición de Internet para considerarlo un servicio de telecomunicaciones, atando por ley a los proveedores de Internet al Compromiso Kingsbury.

Por supuesto, Verizon también ha pataleado protestando por esto, diciendo que la FCC “no puede imponer condiciones del siglo pasado a los proveedores de acceso a Internet”. En su blog ha reafirmado su compromiso con una "Internet abierta que provea a los consumidores con elecciones competitivas y acceso sin barreras a sitios web y contenidos legales como, cuando y donde ellos quieran". Personalmente no me parece casual el hecho de que hable de una "Internet abierta" y no de una Internet neutral. "Por mucho que la mona se vista de seda, mona se queda", que dice la sabiduría popular.

viernes, 20 de diciembre de 2013

El mundo que no fue: El Compromiso Kingsbury




Hoy el blog The Switch de The Washington Post dedica un interesante artículo al centésimo aniversario del "Compromiso Kingsbury", un acuerdo que tuvo lugar entre la compañía AT&T y el Gobierno de los EEUU. Este acuerdo tuvo lugar en 1913, en una época en que el Gobierno encabezado por Woodrow Wilson estaba poniendo su mira en los diversos monopolios o oligopolios del país con la intención de impedir su formación o disolverlos de forma forzosa con la ley anti-trust que llevaba décadas acumulando polvo (fue aprobada en 1889).

AT&T había adquirido a la mayor parte de compañías de teléfonos y Wilson estaba preparándose para tomar acciones legales y expropiar la compañía bien para dividirla en varias más pequeñas, o bien para simplemente, convertirla en un monopolio público. Sin embargo, Nathan C. Kingsbury consiguió en una misiva al Presidente convencerlo de que AT&T debía ser la excepción y convertirse en el primer y posiblemente mayor monopolio privado de los EEUU. Y lo consiguió. Sus argumentos se basaban en principios cuasi-militares, como sugiere el Post, tales como la vocación de servicio público o poner a las personas por delante de los beneficios. Lo cual suena muy parecido a eslóganes de muchas compañías tecnológicas hoy en día, a pesar de practicar lo contrario.

El compromiso al que llegaron fue que AT&T podría mantener su monopolio siempre y cuando se concediera a la Interstate Commerce Commission (alargando de forma muy generosa su campo de actuación, ya que en principio se limitaba a las compañías de ferrocarril) un derecho de veto sobre cualquier adquisición sospechosa, y, sobre todo, la compañía adquiriera el compromiso de proporcionar servicio a cualquier ciudadano independientemente de la distancia a la que viviera de un núcleo urbano o un centro de distribución de la compañía. 

A pesar de que hoy en día nadie habría aceptado acuerdo semejante, la importancia de dicho acuerdo en la expansión del teléfono y más adelante de Internet en los EEUU y en el mundo (que ha imitado el modelo con un operador privado con funciones semipúblicas, como es el caso de Teléfonica en España en la actualidad) ha sido clave. No sabemos qué habría pasado si AT&T hubiera sido expropiado por el Gobierno de los EEUU, pero sí es un hecho que las tres herederas de este acuerdo (una refundada AT&T, Verizon y CenturyLink) han contribuido de forma decisiva a la expansión de Internet a la práctica totalidad de los ciudadanos de los EEUU. Su modelo de negocio ha sido imitado por el resto de países del mundo y gracias a este acuerdo la expansión de Internet basada en las líneas telefónicas primero, y en redes de fibra óptica creadas por los operadores telefónicos ha sido exponencial. Como argumento a favor, el Post menciona un estudio realizado en 2001 por Scott Wallsten del Technology Policy Institute (un think tank de las principales compañias de tecnología de EEUU) que aquellos países que han nacionalizado sus compañías telefónicas han conducido a una menor penetración telefónica y de Internet". Con el ejemplo de España en la mano, lo cierto es que esta tesis resulta creíble.

El Post enumera una serie de ventajas de este monopolio privado, como la implantación relativamente sencilla del 911 como número único de Policía en todo el país (personalmente este argumento me parece bastante futil), además de un resumen bastante completo de la historia del teléfono en los EEUU. No  voy a entrar en esos detalles. 

Finalmente, el Post pone en relevancia la actualidad de esta noticia, debido al peligro que corre este acuerdo de morir en poco tiempo. La razón es el rápido avance de Internet y como la tecnología VoIP (que envía la señal telefónica a través de fibra óptica) está reemplazando el tradicional cable de cobre al que se limita el acuerdo. De acuerdo con el artículo, esto puede conducir a que las compañías puedan abusar de su posición y "socavar los valores que se han mantenido durante un siglo". Personalmente, no estoy de acuerdo con esta reflexión, y con mi argumento me gustaría cerrar esta entrada. 

Lo señalado sobre el avance de la VoIP sobre el cobre es cierto. Yo aún diría más: la tecnología 4G y el streaming de voz sin cables está a las puertas. No obstante, no creo que eso sea necesariamente malo, al contrario de lo que el autor del artículo señala. El autor no tiene en cuenta dos cosas: en primer lugar, que el coste de proveer de este servicio se convierte en gratuito, prácticamente. La mayor parte de compañías del mundo que ofrecen fibra optica, ofrecen llamadas gratuitas nacionales a teléfonos fijos, y a menudo, una cantidad limitada de minutos de llamadas internacionales y/o teléfonos móviles. Servicios como Skype o Viber permiten dichas comunicaciones a escala internacional a un coste muy bajo. Por lo tanto, los consumidores no van a tolerar abusos sobre un producto cuyo coste consideran cercano al cero.

Por otra parte, la población del mundo exige cada vez en mayor medida el acceso a Internet como un derecho fundamental más. Finlandia fue el primero en concederlo, pero en el año 2011 Naciones Unidas lo declaró como un derecho humano. Países como Francia, Colombia, México, Brasil, Reino Unido, Costa Rica, Estonia o Grecia o EEUU están entre los países que han lanzado proyectos para incluir el acceso a Internet gratuito en sus constituciones.

Por lo tanto, creo que el autor se equivoca defendiendo el monopolio privado como única forma de proveer de acceso a la red (telefónica o de Internet). El Compromiso de Kingsbury tiene un valor indudable, pero si tenemos en cuenta iniciativas como la de Chris Conder, B4RN, queda demostrado que incluso para las PYMEs es posible conceder acceso a Internet de alta velocidad en localidades aparentemente remotas. Es hora de que los gigantes caigan, y den paso a una competencia más amplia, y más libre. Será un beneficio para todos.



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Chris Conder es una antigua granjera metida a empresaria, que harta de tener una conexión a Internet extremadamente lenta que no le permitía hablar por videoconferencia con sus hijos, convenció a un grupo de vecinos para crear una compañía cooperativa y proveer de fibra óptica primero al pueblo, luego al condado, y poco a poco, a toda la región rural del norte de Inglaterra; ahora disfruta de 1 Gb de descarga, mayor velocidad que sus hijos en el centro de Londres y comparable a la del centro de Tokio, y a menor precio que cualquier compañía del mercado británico.

sábado, 16 de noviembre de 2013

Galicia Negra






Ayer se producía al fin el veredicto sobre el proceso judicial en torno a la marea negra provocada por el hundimiento del petrolero "Prestige" frente a las costas gallegas. Creo firmemente que no podría haber sido más insatisfactorio. De acuerdo con el veredicto, no ha habido más que un único culpable, el capitán del barco Apostolos Ioannis Mangouras. Sin embargo, puesto que su edad es de 78 años es inimputable y no irá a la cárcel. Hace once años, cuando se produjo la catástrofe sí hubiera sido imputable y habría podido ir a la cárcel. Pero la lentitud del proceso ha hecho que esto sea imposible. Es sólo el primero de muchos de los agujeros negros del resultado del proceso.

Por otra parte, la Audiencia exculpa a todos los demás acusados de delito medioambiental: ni la capitanía del Puerto, ni los ministros que se fueron de caza durante los hechos. Tampoco hay repercusiones sobre quienes actuaron de forma arbitraria e improvisada. Nadie, absolutamente nadie, es responsable por las decisiones tomadas. Hacer política otorga, al parecer, una carta blanca para tomar cualquier decisión sin importar las repercusiones. ¿De qué sirve, digo yo, la separación de poderes cuando los diferentes poderes se niegan a controlarse entre sí? Entonces el sistema se convierte en una dictadura autojustificada de aquellos que están el poder, sean elegidos o no por el pueblo. Éste no tiene forma de censurar a aquellos en el poder. Es una vuelta a los tiempos pretéritos anteriores al Derecho Romano, en los que los funcionarios del Estado eran sátrapas cuyos actos sólo podían ser enjuiciados mediante la intervención militar sangrienta y la colocación de un nuevo sátrapa. No puede existir la democracia sin responsabilidad administrativa por los actos de gobierno

Hablando de responsabilidad, tampoco ha habido condena alguna en responsabilidad civil. Los gastos de la administración en intentar perseguir a los dueños del buque han ascendido a 30 millones de euros, una vez y media lo consignado como fianza, para no haber conseguido siquiera sentar a nadie en el banquillo. Nadie ha podido establecer quién es el dueño real de la empresa armadora Universe Maritime o quién otorgó la licencia de navegación para el buque a través de la American Bureau of Shipping. La opacidad con la que operan las empresas que transportan gran parte de la mercancía más peligrosa que existe, y cuyo valor ha llevado a ese mismo Gobierno a la guerra, es total.

La conclusión, por tanto, es que nada importa: no importan los daños, no importan las miles de familias que perdieron su forma de vida, no importa el impacto ecológico, no importa el ridículo internacional cuando el mundo prestó atención a nuestras costas, no importa el sistema. Es un mundo libre, en el que, como decía Hobbes, "el hombre es un lobo para el hombre". 

Galicia, una vez más, demuestra que ya no es verde como sus bosques de pinos, o azul como el mar. Es la terra asoballada de Cabanillas hecha cenizas; negro corazón y negra alma, negro como el petróleo que financia a los sátrapas que la gobiernan impunemente desde Castilla.

miércoles, 14 de agosto de 2013

Google admite que los usuarios no disponen de privacidad


Hoy en Xataka me ha entristecido ver la noticia de que en el proceso judicial iniciado el 13 de julio de este año contra Google, los abogados de la compañía defienden que los usuarios no pueden esperar privacidad en el servicio. De acuerdo con dichos abogados, "el concepto de interceptación ilegal haría virtualmente imposible la prestación del servicio". Con lo cual, defienden, a lo que los demandantes llaman "interceptación ilegal" constituye el funcionamiento normal del servicio conforme a los Términos y Condiciones aceptados por el usuario.

Creo que dentro de esta defensa hay un grave error de concepto, que no sé si es intencionado (y me inclino a pensar que sí lo es). Uno de los conceptos transversales del derecho es el llamado principio de legalidad. De acuerdo con dicho principio, no importa cuáles sean las condiciones pactadas por las partes en un contrato privado. Dichas condiciones deben obedecer a la ley y si no lo hacen, aquellas clásulas son nulas de pleno de derecho. Esto supone que a efectos legales nunca han existido. Dos personas (físicas o jurídicas) no pueden, simplemente, hacer un pacto fuera de la ley. Por esta razón, no importa que los usuarios de Gmail "acepten" que sus correos sean interceptados. Dicho pacto entre Google y los usuarios es nulo de pleno derecho.

Sin embargo, habría que ir más allá. ¿Qué ocurre con los correos que puedan enviar los internautas a los usuarios de Gmail? Si Google admite su interceptación, no puede defenderse bajo la premisa de la aceptación de un contrato, porque dicha relación contractual no existe con los demás usuarios. De hecho, los propios abogados de Google admiten en su alegato que la ley CIPA no se aplica a los emails. Sin embargo, a raíz de la filtración de Snowden ha aparecido información que parece extraer lo contrario: auspiciándose en la ley CIPA, se han interceptado tanto llamadas telefónicas como correos electrónicos no solo en EEUU, sino en muchos otros países del mundo. 

La imagen que está en cabecera es parte de la web scroogled.com, lanzada por Microsoft para desprestigiar a Google por esta razón. De acuerdo con ellos, Google "lee cada palabra para lanzarte spam que se confundan con emails". No sé si a vosotros esto os ha pasado o no, pero a mí no me ha ocurrido. Sí admito que las notificaciones de Google+ pueden ser ligeramente molestas por no existir forma de evitarlas. Pero tampoco es que Google+ tenga tanta actividad que desborde mi correo. Pueden pasar semanas enteras entre cada una, por lo que en mi opinión es una queja infundada. Es más, hace años que dejé de usar el servidor de correo de Microsoft por lo mal que filtra el spam. Así que podríamos decir que "quien sea inocente que tire la primera piedra", no sólo en cuanto al spam, sino también en cuanto al espionaje al servicio de la NSA.

Finalmente, quiero terminar con una reflexión acerca de la dirección a la que se dirigen las comunicaciones online en la actualidad. Cada día resulta más evidente el hecho de que los gobiernos del mundo, especialmente EEUU (aunque no exclusivamente), utilizan Internet como una herramienta de represión. Entiendo que al ser Internet la mayor herramienta de comunicación en un mundo globalizado, se requiera tomar medidas para garantizar la seguridad de dichos Estados. No obstante, aquellos que precien llamarse democracias deberían considerar la dirección que están tomando en este asunto. Tal vez, y espero que no sea así, por preservar "el estilo de vida occidental" terminemos por renunciar a su piedra angular, la libertad de expresión.

jueves, 1 de agosto de 2013

El sexismo en el empleo empieza en el buscador


Es un hecho que en este momento existe una desigualdad evidente entre hombres y mujeres a la hora de encontrar empleo. Sin embargo, algo más difícil de identificar es la forma en que se origina. Algo que parece bastante habitual hoy en día son pequeños actos de discriminación sexual tan sutiles que pasan desapercibidos. Habitualmente llamados micromachismos o microfeminismos en función del afectado. De hecho, ¿la falta de información sobre el microfeminismo podría ser considerado como un metamicrofeminismo?

Sin entrar en un pozo filosófico tan profundo, el tema del que me gustaría hablar en esta entrada consiste en una forma de discriminación de género extremadamente sutil, presente en el mercado de trabajo actual. Me refiero a los buscadores de empleo. En esta clase de páginas las empresas publican anuncios que los aspirantes contestan con el fin de llegar a un acuerdo y que la empresa encuentre a los trabajadores que necesita y el aspirante, un puesto de trabajo. 

¿Donde yace aquí la discriminación? Es muy simple: en los criterios para seleccionar a los candidatos, entre los cuales a menudo está el sexo del aspirante y no pocas veces términos sexistas. He hecho la prueba buscando "buena presencia" como palabra clave en varios portales. Esto son algunos ejemplos de lo que he encontrado:  
Buscojobs
Jobomas
Computrabajo
Unmejorempleo
Patazas.com.pe (este tiene poco de "micro"... puede herir la sensibilidad de algunas mujeres)
Execuzone.com.mx
Infojobs

Por cada uno de ellos, había decenas por cada una de estas páginas, pero vosotros mismos podéis hacer el experimento en estos u otros portales. Mi objetivo con esto es mostrar que la discriminación en el mercado laboral comienza en la propia búsqueda. Si el buscador permite hacer una diferenciación de sexos, la selección para el puesto de trabajo quedará irremediablemente contaminada. Especialmente grave es el caso del portal Buscojobs, en el cual si una empresa fija un determinado sexo como deseable, impide a los candidatos del otro sexo presentarse a dicha oferta. En este caso, la discriminación en la selección es totalmente abierta. Además, actuar legalmente contra esta clase de portales es difícil, ya que la competencia de los tribunales para admitir una determinada denuncia puede ser puesta en tela de juicio con relativa facilidad, por no hablar de la propia responsabilidad de la empresa. Yo creo, desde un punto de vista legal, que hay una concurrencia de culpas entre el portal y el anunciante en este tipo de discriminación, y por ello las denuncias que correspondan deberían abarcar a ambos sujetos.



martes, 11 de septiembre de 2012

Notas breves sobre los eventos del miércoles 12/09/12

Mañana será un día intenso, de esos con multitud de rumores, noticias basadas en fuentes anónimas de dudosa confianza y al final del día, tal vez algunas alegrías pero también unos cuantos disgustos. De hecho, posiblemente haya más razones de disgusto que de alegría.
La razón de esto es que mañana se juntan tres importantes citas que pueden determinar el futuro inmediato de España.

La primera de ellas (en sentido cronológico) es la reunión de la Comisión Federal de Mercado Abierto de la Reserva Federal de los EEUU. Tradicionalmente, es un día bajista y acumulado al "efecto patriótico" del 11 de septiembre (Steven Levitt demostró en su libro Freakonomics que los americanos son más propensos a comprar ese día, desde el atentado del 11-S), el efecto bajista será más drástico. Además, las operaciones de cobertura de riesgos por lo que pueda ocurrir en Europa también se acumularán a las pérdidas por motivos domésticos. Con lo cual, es muy posible que eso precipite una caída general en las bolsas y un aumento de la prima de riesgo española (también de las primas de riesgos de otros países europeos, no creáis que nos tienen manía solo a nosotros).

La segunda de ellas (y que marcará la agenda económica y política del día) será la decisión que anuncie el Tribunal Constitucional Alemán sobre la constitucionalidad de la ratificación del MEDE. Sobre esto hay dos escenarios posibles: si es ratificado, seguimos como estamos (que no es precisamente de lujo). Si el Tribunal decide que este mecanismo financiero supone una vulneración de la soberanía del Parlamento Alemán, tal y como anunció ayer éste en un dictamen bastante sorprendente, entonces nos encontramos ante otros dos posibles escenarios. Si el Tribunal adopta medidas cautelares y suspende la ratificación de la ley por el Presidente de la República, entonces tenemos -aparte de un lío de tres pares en cuanto a división de poderes en Alemania- un problema de magnitudes cósmicas, ya que el MEDE no podría rescatar a España incluso aunque nuestro Gobierno lo pidiera. Suerte que no tiene prisa. Tampoco podría afrontar el segundo tramo del segundo rescate griego, lo cual puede provocar que España necesite el rescate que Europa no le puede dar. Y tal vez, en el peor de los escenarios, Italia también podría necesitar un rescate si a Grecia le desconectan el "pulmón de acero" financiero en el que ahora se encuentra. Aunque el Tribunal Constitucional alemán nunca ha inhabilitado a un Presidente del país para ratificar una ley, mucho me temo que la fuerte influencia del pensamiento kelseniano en los ponentes los lleve a tomar esa fatídica decisión. La crisis política que se puede abrir en Alemania, a tan sólo unos meses de las elecciones, no hace ningún bien a la coalición de Gobierno CDU-FDP, pero tampoco a al SDP, que también apoyó la adopción del MEDE y se negó a recurrirlo. Sí lo hizo así La Izquierda, que puede ser la gran ganadora de todo este lío.

La tercera cita es la de las elecciones generales en Holanda. Hace unos meses, el Gobierno holandés dimitió en pleno al no conseguir apoyo para llevar adelante un plan de ajuste presupuestario. Y no fue para nada ingenuo fijar las elecciones para el día en que se publique la sentencia del Tribunal Constitucional alemán sobre el tema. Los politólogos tendrán mucho trabajo analizando un nuevo caso de interrelación entre países de la UE en procesos electorales internos, con la novedad de que esta vez la relación se produce no entre políticos extranjeros que "injieren" en la política interna, sino de políticos nacionales que convierten una potencial decisión judicial extranjera en su lema de campaña. Seguramente, un pronunciamiento positivo favorecerá al actual Gobierno liberal en funciones, pero las opciones están muy abiertas. Los holandeses están bastante descontentos con su gobierno, pero también con los líderes de los principales partidos. Otro exponente más de la weimarización de Europa, de la que ya hablé en su momento.

Los resultados de todo estos acontecimientos de seguro cubrirán la agenda del Eurogrupo, que se reúne este viernes. No obstante, podría haber otro más. Tal y como he señalado anteriormente, será en esta reunión en la que, con bastante seguridad, España solicite formalmente su solicitud de rescate ante la Unión Europea.


P.D.: Al final, el Tribunal Constitucional alemán falló a favor de la constitucionalidad del MEDE, aunque con condiciones. Eso supuso tal euforia que subió la bolsa, bajaron las CDS, la prima de riesgo y ahora todo es feliz y maravilloso en la Unión Condicional Europea. Me alegro por ello, pero desconfío que habrá más problemas cuando el MEDE tope con las condiciones puestas por el Tribunal Constitucional, especialmente si el 2013 cambian las mayorías en el Parlamento alemán.  Y nada quita que igualmente el Gobierno español tenga que pedir el viernes un rescate a la economía española.

lunes, 27 de agosto de 2012

La Capitulación de España (II)






Antes incluso de que me fuera posible avanzar sobre el contenido del anterior MoU, me ha sorprendido leer que España necesitará un nuevo rescate, y ya se están negociando los términos del mismo. Esto ha sido negado por el Portavoz de Asuntos Económicos de la Comisión, Simmon O'Connor, y por la Vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría. A pesar de ello, tanto el Presidente del Gobierno de España, como el Presidente del BCE, Mario Draghi, han dejado entrever esta posibilidad que podría materializarse según Goldman "Government" Sachs a mediados de septiembre "como muy pronto". Posteriormente, Rajoy se ha sumado a la negativa de un segundo rescate. Lo cual es casi como confirmarlo, visto su historial. De acuerdo con la primera noticia que enlacé, De Guindos habría pedido que se pagara a España el primer tramo de ayuda antes del 12 de septiembre, petición a la que Alemania y Holanda se habrían negado. La razón es que Alemania tiene una cita importante en los tribunales ese día. Si el tribunal constitucional alemán decidiera que la creación del MEDE ha ido en contra de la Ley Fundamental Alemana al haber vulnerado la soberanía popular germana (principalmente, por no haber pasado su creación por el Parlamento Alemán ante una más que previsible derrota en la cámara), lo que puede pasar después es una incógnita. Es difícil que se pueda argumentar una devolución del dinero ya prestado mediante el FEEF comprometido a fondos vinculados al MEDE, no obstante es bastante probable que fuera necesario reformar el MEDE para adecuarlo a la sentencia del tribunal y eso suponga un grave problema para los países al borde de la quiebra. En concreto, el segundo rescate de Grecia, el rescate de Chipre y el/los rescate/s español/es están vinculados a dicho fondo. En caso de que dichos países se vieran sin ese dinero podríamos estar ante la receta perfecta para el apocalipsis: una quiebra desordenada y simultánea de varios países de la Eurozona (aunque con suerte eso no incluiría a España salvo por efecto bola de nieve). Probablemente se podría llegar a una solución de compromiso, como que el FMI adelantase el dinero mientras Europa reestructura el MEDE, pero eso supondría nada más que tomar tiempo prestado del futuro una vez más. Además de meter de nuevo a EEUU y quizá Japón en una recesión, lo cual tendría repercusiones mundiales.

Volviendo a hablar de España, este nuevo rescate comprendería un nuevo MoU, que impondría nuevos ajustes estructurales más duros. ¿Qué se puede ajustar ahora? Echando un vistazo a Grecia y su segundo MoU, podemos suponer que una privatización casi total de la estructura del Estado, con el despido de centenares de miles de empleados públicos. Además posiblemente veamos la creación de nuevos impuestos y la subida de otros (incluyendo una nueva subida del IVA), además de un nuevo recorte de salarios "para fomentar el empleo". Sin emabargo, hasta los economistas neoliberales se percatan de que una insolvencia de España podría suponer un auténtico colapso mundial de la economía. Esa insolvencia puede producirse por la falta de rescate, pero también por el mandato de nuevos recortes que terminen por colapsar la economía y provocar que el Estado termine gastando más de lo que ha ingresado por el rescate.

Repasando el primer MoU, las citas que nos esperan en septiembre son:
-Resultados de la auditoría del sistema bancario, a mediados de mes.
-Presentación de planes de recapitalización o disolución para aquellos bancos que han sido clasificados como del Grupo 2 (Bancos con necesidad de recapitalización que no pueden mantenerse solventes sin ayudas del Estado). Probablemente en este saco caigan casi todas las entidades financieras del país, con la excepción del Banco Santander y tal vez el BBVA.  Esto significará seguramente la muerte de las cajas que todavía malviven en el entorno financiero. Dentro de este plan se incluirán los pasos necesarios para segregar los activos tóxicos, lo cual supone la creación del llamado "banco malo" en el cual se concentren para proceder a malvenderlos al mejor postor. La mayor parte de estos activos son viviendas, parte de ellas en construcción, la mayor parte de ellas terminadas y un porcentaje significativo habitadas pero en situación de hipoteca precaria (incobrable). Esto supondrá una nueva oleada de deshaucios, en cuanto dichas viviendas se adjudiquen.
-Tal y como era de prever, los planes de reestructuración supondrán también la aprobación de legislación acerca del "reparto de cargas". Bajo este eufemismo se denominan las pérdidas que deberán asumir los titulares de acciones preferentes y productos financieros híbridos tóxicos de las entidades afectadas por los planes de reestructuración. En consecuencia, el FROB aprobará una norma que impedirá a los afectados por la adquisición de estos activos recibir cualquier tipo de indemnización pública o privada y establecerá mecanismos de sustitución voluntaria para su saneamiento. Esto viene a significar que asumirán una "quita" que les causará graves pérdidas. Aunque tengo sentimientos enfrentados respecto del asunto, no me cabe duda que en un porcentaje elevado de casos estamos ante una estafa y por tanto no debería cerrarse la vía indemnizatoria. Los afectados deberán impugnar este reglamento en vía judicial (y deberían darse prisa, porque el plazo es de un mes) y posteriormente, si fuera declarado ilegal, deberán reclamar las indemnizaciones que procedan judicialmente. Por desgracia, al tener el MoU el rango de tratado internacional, eso lo convierte, de acuerdo con la Constitución, en una norma de rango legal cualificada (porque tiene primacía sobre las leyes internas en caso de conflicto). Por lo tanto, quizá habría que cuestionar la constitucionalidad del MoU, pero eso lo dejaremos para otra entrega.


miércoles, 18 de julio de 2012

Nota rápida sobre cambios en la gestión de derechos de autor

La Comisión Europea ha propuesto una directiva que unificará y simplificará el proceso de gestión colectiva de derechos de autor. La idea es que sea posible crear licencias multiterritoriales, se aumente la transparencia en la gestión y se facilite la utilización de licencias de contenidos multimedia en Internet.

Aunque no puedo decir mucho más hasta que tengamos al menos un borrador del texto de la propuesta, creo que es una iniciativa interesante y necesaria en el mercado audiovisual. Muchos usuarios estamos bastante hasta el gorro del clásico mensaje "Este contenido no está autorizado en tu país", o similares. Poner fin a estas barreras será un paso adelante.

jueves, 12 de julio de 2012

La Capitulación de España (I)



Es imposible tratar el tema del Memory of Understanding de España en una única entrada. Por eso he decidido hacerlo en una serie de ellas, que intercalaré con otros temas y entradas que tengo en proyecto.

Entrando ya en materia, quiero comenzar explicando el título que llevarán esta serie de entradas. Cuando leí el MoU la sensación que tuve fue la de leer una capitulación en toda regla. Las capitulaciones fueron un instrumento jurídico del derecho internacional muy usado antaño. En tiempos pasados, en los que el honor tenía cierta importancia, tras un conflicto bélico ambas partes se reunían con el objeto de rendir cuentas y establecer las bases que sirvieran para fundar la paz entre las naciones. Como resultado de dicha reunión, se redactaba un documento legal firmado por ambas partes, en el cual se establecían las condiciones por las cuales se determinaba el nuevo marco jurídico por el que ambas naciones regulaban sus relaciones. Debido a que la reunión entre oficiales se celebraba habitualmente en la capital del país vencido, el documento vino a llamarse "capitulación". Que yo tenga constancia, la última capitulación que se ha firmado en la historia europea es la que se celebró el 22 de junio de 1940 cuando Francia, representada por el Mariscal Petàin, se rindió ante el III Reich alemán en el vagón de tren en las afueras de París en el que previamente se habían signado otras dos capitulaciones: la de Alemania en 1919 tras la I Guerra Mundial, y la de Francia en 1871, tras la Guerra Franco-Prusiana. Si alguien tiene curiosidad por visitar este lugar, todavía es posible hacerlo dado que el vagón se conserva a día de hoy en Compiegne, a las afueras de la capital gala. Tal vez por si Francia tiene que capitular ante Alemania una vez más.

Pues bien, tuve esa sensación por la cantidad de condiciones (conditionalities) y obligaciones (obligations) que se establecen, y no sólo eso: también por toda la estructura política y burocrática que se crea con el fin de hacerlas cumplir. Y no sólo eso, la estructura del documento me recuerda mucho a la de las capitulaciones. Estas tenían a menudo una serie de disposiciones comunes, que solían repetirse en todos los documentos independientemente del conflicto bélico originario. En primer lugar, se establecía una introducción con una serie de antecedentes que determinaban las razones que originaron el conflicto. Normalmente hacían referencia a la declaración de guerra de un pais hacia el otro.

El MoU comienza con una introducción que nos explica que España solicitó ayuda a fecha de 25 de junio de 2012 y los motivos que condujeron a dicha solicitud. Por así decirlo, nos cuenta cómo los mercados "declararon la guerra" a España y el desarrollo del conflicto hasta la derrota de España que constituye la petición de rescate.

Otro punto imprescindible en toda capitulación es una declaración del estado actual del conflicto. Esto también sucede en el apartado segundo del MoU, que nos explica lo terriblemente mal que estamos.

La "apariencia de buen derecho" es un concepto jurídico muy importante en el pasado. Así, la buena fe de las partes era algo extremadamente importante en el pasado (también hoy en día, aunque se haya relativizado mucho). Por lo tanto, no faltaba en toda capitulación un apartado en el que se declarara el noble compromiso de ambos príncipes con la paz y el entendimiento entre los pueblos. Los "objetivos clave" que declara el apartado III del MoU parecen ir en esa línea. Se dice qué se pretende con el documento, que es la paz entre los mercados y España, de la siguiente forma:

«By improving the transparency of banks' balance sheets in this manner,
the programme aims to facilitate an orderly downsizing of bank exposures to the
real estate sector, restore market-based funding, and reduce banks’ reliance on
central bank liquidity support.
Additionally, it is essential to enhance the risk identification and crisis
management mechanisms which reduce the probability of occurrence and severity of
future financial crises.
»

Es decir, que se pretende "reducir la exposición de los bancos" y reducir la probabilidad de "la ocurrencia y la severidad de futuras crisis financieras". Me inquieta que no se mencione la palabra "evitar", sino "reducir la probabilidad". De esto se deduce un intento de la UE de excusarse del comportamiento de los mercados y de la falta de control que tiene sobre los mismos.

Los siguientes apartados del MoU tratan sobre la forma de llevar a cabo estos objetivos, en lo que constituye el cuerpo del documento. En esto también se observa una correlación con el derecho bélico, que se deriva de los foederati otorgados por la República (más tarde Imperio) de Roma. En esta parte se determinan las nuevas relaciones jurídicas a establecer entre los participantes en el conflicto con el objeto de establecer la paz.

Algo que no falta en el documento, así como en cualquier rendición militar de antaño es la titularidad de los órganos de gobierno del Estado. En éste caso, el Ministro de Economía renuncia a varias competencias en favor del Banco de España, y éste se somete a la supervisión de diversos órganos y comisiones que determinarán el curso de acción para solucionar los problemas del sector financiero y, dado que de este depende el funcionamiento de todo el país, constituirán el gobierno efectivo de la nación. Así tendremos por una parte nuestro gobierno electo constitucionalmente y un "gobierno de ocupación" al más puro estilo de antaño. No os quepa duda que las decisiones serán tomadas por el segundo, siendo el primero un mero ente administrativo que aplique las decisiones de los ocupantes.

Finalmente, el documento establece una serie de obligaciones a tomar por el Estado español y que tienen como fin evitar un nuevo conflicto. En un documento de capitulación posbélica, serían las condiciones de desarme del Estado derrotado. En el caso de Alemania en la II Guerra Mundial, se estableció entre otras la prohibición de que Alemania desarrolle armas de destrucción masiva y despliegue sus tropas fuera de su frontera si no goza de autorización de los Aliados o de otra autoridad internacional. Por eso las embajadas alemanas no tienen presencia militar, al contrario que las de otros países (principalmente EEUU). En el caso de España en el presente MoU, se trata de las exigencias hechas a España para que reciba la financiación que necesita. Es decir, las condiciones del "rescate". No os voy a engañar: las condiciones son duras, pero no son insalvables y hasta es posible que el Gobierno Español haya jugado bien sus cartas y obtenido un trato ligeramente más favorable que otros países intervenidos. También se reconoce el equivalente derecho de los ocupantes a hacer uso de la fuerza para mantener el orden: los polémicos puntos 34 a 37, que permite a las instituciones europeas inspeccionar e intervenir nuestras instituciones financieras con la "colaboración" de nuestro gobierno. Utilizando las palabras del ministro Montoro, la autorización a los "hombres de negro" a intervenir nuestro gobierno y nuestra economía.

Proximamente hablaré del contenido concreto del acuerdo y de sus posibles consecuencias.

miércoles, 2 de mayo de 2012

El proyecto de ley CISPA comienza su recorrido



El viernes teníamos una mala noticia. Tal y como era de esperar, la cámara baja del Parlamento americano, la Casa de Representantes aprobaba ese día el proyecto de ley CISPA (Cyber Intelligence Sharing Act). La ley CISPA es quizá la más severa de las iniciativas legislativas para poner Internet bajo la vigilancia y control de las agencias de seguridad de los EEUU. 

¿Qué es CISPA?

Oficialmente se trata de una enmienda a la Ley de Seguridad Nacional de 1947, la misma que creó la CIA y reformó profundamente el FBI. La razón para llevar a cabo esta reforma es la regulación de la "ciberseguridad" en dichas agencias, así como en otras que han aparecido posteriormente. La ley permite un intercambio más fácil (por ser obligatorio) entre dichas agencias, las fuerzas armadas y los sujetos privados (empresas, fundamentalmente). Al contrario que otros proyectos de ley, este viene de la mano de políticos de ambos partidos: en concreto Mike Rogers (republicano) y Dutch Ruppelsberger (demócrata). De acuerdo con esta ley, dichos sujetos privados estarían obligados a ceder información privada de sus clientes a las agencias de seguridad estadounidenses, sin el consentimiento o el conocimiento de esas personas, y sin pasar por trámite judicial. Además, el proyecto de ley prevé que dichos datos pasarán a ser propiedad del gobierno de los EEUU, el cual podrá realizar con dicha información lo que crea necesario, también comercializarla. El proyecto de ley autoriza también a dichas agencias a intervenir, detener y modificar el contenido de las comunicaciones entre sujetos privados. Además, la definición de "ciberamenaza" es deliberadamente amplia, por lo que cualquier vulneración de las leyes americanas, como puede ser el copyright, podría ser motivo de investigación e intervención. 

¿Qué es lo que sigue a continuación?

A pesar de lo que podáis leer en Internet la ley aún no está "aprobada", sino "en trámite parlamentario". Ha superado el primer trámite, pero debe ser todavía aprobada por el Senado, y firmada por el Presidente, el cual puede decidir imponer o no un veto sobre la misma. 

En la Casa de Representantes la ley fue aprobada por un 57%  de representantes, rechazada por un 38% y con un 0,03% de abstenciones. Aplicado al Senado, eso supondría su aprobación: bastaría la unanimidad de los republicanos, los 2 independientes y 8 senadores demócratas para su aprobación. Sin embargo, afortunadamente, la unanimidad entre los republicanos no es total. 28 representantes republicanos votaron en contra en la Cámara de Representantes. Si ese voto negativo se transmitiera al Senado, tendríamos un 88% de votos republicanos y un 21,87% de demócratas a favor. Eso supondría en el Senado un total de 41 votos republicanos y 12 demócratas. Con un total de 63 votos a favor, sería más que suficiente para aprobar la ley. Los datos para estos cálculos los he extraído del excelente cuadro-resumen de New York Times sobre el voto.

¿Quienes la apoyan?

Al contrario que en otras ocasiones, esta vez las grandes empresas del sector están a favor de la ley. Demoledor ha sido para los ciberactivistas el anuncio del apoyo de Facebook a esta iniciativa, como explican aquí. Google no se ha pronunciado aún, pero han manifestado en repetidas ocasiones que "cumplirán con la ley". Ya lo hicieron con la censura China. Esto es totalmente comprensible para una empresa.

Lo grave son las donaciones que muchas empresas privadas han hecho en favor de la ley. De hecho, OpenSecrets.org señala que al menos 12 firmas habrían pagado más 100.000 $ a Mike Rogers para que proponga el proyecto de ley. Aquí podéis encontrar la lista completa. De acuerdo con las estadísticas, el Senado vota a favor de las propuestas apoyadas con dinero por contribuyentes privados un 73% de las veces.

¿Qué hacer?

En este caso, soy bastante menos optimista que con SOPA. Entonces había una gran oposición a la ley, cosa que no ocurre en este caso. Sin embargo, hay una persona con capacidad de detener la ley y que ha mostrado su rechazo a la misma: Barack Obama. El Presidente de los EE.UU. tiene capacidad de veto y ha amenazado con utilizarlo si CISPA se aprueba. Lo cierto es que Obama se enfrenta en unos meses a unas elecciones que tiene casi ganadas de antemano, pero para las cuales todavía tiene que hacer campaña. La parte buena es que necesita los votos para legitimar y consolidar su proyecto político. La mala es que necesita el dinero para la campaña y ese dinero lo aportan contribuyentes privados. ¿Cómo resolver ambos inconvenientes? Bien, sería buena idea una campaña con un lema tal que "Donaré 1$ a la campaña de Barack Obama si veta CISPA". Con suficientes apoyos, Obama consigue el dinero Y los votos. Y los internautas nos libramos de CISPA. It's win-win!

Por lo demás, los habituales mecanismos de presión siguen vigentes. El hecho de que un 73% de las veces los senadores apoyen "a quien tiene el dinero" no significa que se deba renunciar a la posibilidad de luchar para que esta sea parte de ese 27% de ocasiones en que la razón se impone al capital.


VIDA EXTRA: Durante la discusión de la ley, se aprobaron un par de enmiendas, referidas a qué información no puede el gobierno, las fuerzas armadas o las agencias de seguridad requerir de los sujetos privados. Se trata... tachán tachán de la religión y del registro de armas. Es decir, que puedo ser un fanático musulmán y tener cuarenta fusiles en casa y no pasa nada, la ley me ampara. Sin embargo, si el gobierno americano exige las fotos de mis vacaciones a Facebook, se las tendrán que entregar en bandeja. Sí, señor, muy efectiva contra el terrorismo esta ley...

martes, 13 de marzo de 2012

El dilema del prisionero en España


Esta entrada viene a raíz de un comentario que hice en Politikon, en una entrada de Roger Senserrich, quejándose de lo terriblemente injusto que es el sistema penal en EE.UU. Lo que yo venía a argumentar en mi comentario es que la diferencia entre EE.UU. y España no es tan grande.

De acuerdo con Roger, el New York Times revelaba que el 90% de los condenados a prisión en EE.UU. lo son sin ninguna clase de juicio. La causa es que la amenaza de una grave condena (a cadena perpetua) los obliga a confesar sus delitos y obtener así una reducción de condena. Esto es consecuencia de un gigantesco dilema del prisionero.

La pregunta que yo me formulé fue: ¿es esto así en EE.UU. únicamente, a causa de un endemoniado sistema legislativo y judicial, o se reproduce también en otras democracias europeas, más "blandas" en cuanto a penas? Por supuesto, y porque me interesaba el dato particular de España, tomé a nuestro país para mi análisis comparativo. Para ello, tomé estadísticas del año 2009 sobre procesos penales y sobre la población reclusa en España.

El resultado es el siguiente (reproduciendo íntegramente mi comentario):

Me he tomado algo de tiempo para buscar información sobre la situación en España, y he hecho algunos números. En el año 2009 (último año del que he conseguido estadísticas oficiales), hubo un total de 127.992 ingresos en prisión, para un total de 22.140 sentencias penales. Es decir, que sólo un 17,30% de los ingresados en prisión durante el año 2009 lo fueron a través de una condena en sentencia firme. Aunque es casi el doble que en EEUU, tampoco es una estadística halagadora.
También hay que tener en cuenta que, a final de 2009, 15.580 de los 76.079 reclusos lo estaban en prisión preventiva. Es decir, un 20,47%. Esto supone que un 65,77% de los condenados a prisión definitiva en 2009 no tuvieron un proceso penal.

Las estadísticas las he sacado de aquí:
http://www.ine.es/prodyser/pubweb/anuario11/anu11_06justi.pdf
y de aquí:
http://www.institucionpenitenciaria.es/web/portal/documentos/estadisticas.html

También he visto algún dato curioso en el primer enlace, como que el 94,7% de los condenados a prisión en 2009 con un contrato de arrendamiento, afrontaban impagos del mismo. Lo cual puede dar una idea de la relación entre criminalidad y situación de marginación económica.

El análisis que sale de estos datos es que a pesar de lo que pudiéramos pensar, la situación penitenciaria de España no es tan diferente de la de EEUU como podríamos pensar. Es decir, tenemos un sistema en el que prima la condena a priori durante la instrucción del proceso, sin que éste llegue a sustanciarse dos de cada tres veces.


No obstante, no estaba del todo satisfecho con este análisis. En primer lugar, porque era conveniente analizar los datos anteriores para poder saber con seguridad que 2009 no era un año "que se saliera de la tendencia". Por otra parte, porque como tal y como algunas personas replicaron, no estaba teniendo en cuenta a los reos provisionales que son finalmente absueltos en plazo menor a un año, y aunque no se dijo, incluyo también a aquellos ingresados en prisión en otras situaciones heterodoxas. Aunque tengo el convencimiento de que el número de dichos reos es muy reducido, tampoco me atrevía a afirmarlo sin datos.

Por eso investigué un poco más, y conseguí datos de los dos años anteriores. De esta forma, surgió la siguiente tabla:

Año

Total Reclusos

Preventivos

Situaciones transitorias

Condenas penales

2009

76079

15580

981

22140

2008

73558

17849

963

15919

2007

67100

16137

1020

13631



Observamos por los datos que el número de reclusos ha ido aumentando con el tiempo. Esto no es ninguna novedad, y es una tendencia que se arrastra desde atrás, como se dice en este paper. La cuestión es: ¿lo ha hecho proporcionalmente el número de sentencias?

AÑO

RECLUSOS

CONDENAS

2007

100

100

2008

109,62

116,79

2009

113,38

162,42


Para esta tabla he tomado como número índice en base 100 los datos de 2007. Esto supone que el número de condenas en 2009 no es, como me temía, tan representativo. El número de reclusos creció menos que proporcionalmente en 2009 respecto del número de condenas. De esto podemos deducir un alto número de sobreseimientos en segunda instancia. Tomando un valor medio para los reclusos (107,67) y de condenas (126,40), podemos hallar cuál es el porcentaje medio de reclusos condenados sin juicio. Para hacer eso tomamos el dato de reclusos del 2007, y restamos a los preventivos y aquellos en situacion transitoria, y aplicamos el índice medio. Esto nos da una media de 53.773 reos ingresados en prisión. El número de condenas medio sería de 17.229. Esto nos da que en el período 2007-2009, un 67,69% de los reos ingresados en prisión lo han sido sin un juicio penal.

La lectura de esto es que algo falla en nuestro sistema judicial penal. Nuestra Constitución en su art. 10 somete su interpretación a la Carta de Derechos Fundamentales de las Naciones Unidas, a la cual se adhiere. También recoge la Constitución en su art. 24 el derecho a no declararse culpables y no declarar contra sí mismos. Sin embargo, esto es lo que hacen dos tercios de los imputados por un delito. ¿Qué puede hacer a un prisionero preferir declararse culpable a ir a juicio? Pensando en la teoría de juegos de Nash, cuyo famoso "dilema del prisionero" ilustra el principio de esta entrada, no puedo pensar en otra posibilidad que estos acusados se sientan en tal grado de indefensión que consideren como inasumible la posibilidad de ser absueltos de un juicio. Aunque sin duda la "puntería" de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado es hoy en día muy exacta a la hora de acusar a una persona de un delito, estos datos arrojan un claro déficit democrático en la defensa jurídica de los presuntos culpables de un delito.

¿Es esta la justicia que queremos? El debate está servido.

miércoles, 7 de marzo de 2012

Así fallara la reforma laboral (V)




La reforma laboral ya casi tiene fuerza de ley. Sigue el trámite parlamentario, pero es poco probable que veamos novedades. Varios grupos han presentado enmiendas ¿Servirán para algo? Lo dudo mucho, hay muchas razones por las cuales el fracaso de la reforma esté más que previsto. Incluso podría ser perjudicial a corto plazo. Y el largo plazo tal vez no sea una opción. De acuerdo con el columnista del Financial Times, Tim Wolf, la reforma tardará "unos cuantos años" en tener efecto. Así que va para largo.

He esperado hasta este momento para pronunciar mi opinión, aparte de porque quería informarme mejor, también porque me pareció precipitado dar una opinión sobre un decreto ley, que podría no ser convalidado (no sé como, tal vez con una epidemia de salmonela en el grupo popular a causa de marisco en mal estado, o algo así). Si bien es cierto que tal cosa estuvo siempre fuera de discusión por parte del PP (que fueran a admitir algún tipo de enmienda, no lo de celebrar mariscadas; estoy seguro que gracias al Presidente se hará más de una estos días).

Además, hay que tener en cuenta que la reforma no se quedará en este punto. Las propias autonomías podrían imponer un régimen todavía más restrictivo respecto de aquellos ámbitos que son de su competencia. Ejemplos de ello son las polémicas reformas del empleo público en Galicia y Castilla-León.

Con todo, estamos ante una reforma que a corto plazo supondrá un incremento del paro, en tanto que aumenta la dualidad y la confusión normativa al añadir nuevos tipos de contrato, sin eliminar los que ya existen. Pero analicemos los argumentos en detalle:

1.- Se mantiene la dualidad. Este es mayor problema de nuestro mercado laboral. No estoy seguro de si he insistido lo suficiente en este tema, así que por si acaso, insistiré un poco más. La dualidad es mala, muy mala. Como dicen los chicos de Politikon en el enlace que adjunto, hay dos posibilidades: o tienes un mercado flexible y desregulado en el que haya una gran rotación y temporalidad, pero el acceso al empleo sea sencillo (ejemplo de ello sería Alemania). O bien tienes un mercado laboral basado en contratos fijos bien protegidos, lo cual tiene la ventaja de crear estabilidad, y la estabilidad proporciona crecimiento porque los trabajadores consumen y ahorran una parte, lo cual genera riqueza a través de fondos de inversión y planes de pensiones. Pero nuestro mercado no tiene nada de eso. Tiene un mercado dual: trabajadores muy protegidos en sus empleos indefinidos y colectivos (especialmente vulnerables) como jóvenes, mujeres, mayores de 45 años e inmigrantes, en situación de cuasi-marginación por la altísima rotación de sus contratos, que no se ve respaldada con acceso fácil a nuevos puestos de trabajo. Eso causa que nuestro mercado laboral tenga todas las desventajas de un mercado desregulado, y ninguna de sus ventajas. Lo ideal sería un mercado laboral con un contrato único. Pero el gobierno ignoró totalmente esa propuesta.

2.- Nos tendremos que rascar el bolsillo. Por una doble vía, además. En primer lugar, a través de las subvenciones que se ofrecen al empleador, que desequilibran todavía más el déficit de la Seguridad Social. En un momento especialmente delicado para ésta, el gobierno está jugando con fuego. No serán ellos los que se quemen, no obstante. La otra vía es a través del incremento de la rotación del mercado laboral. Al incrementarse dicha rotación (vía despido objetivo por pérdidas, la trampa del periodo de prueba de un año que permite despidos libres a jóvenes, y otras), se producirá un incremento de personas que soliciten la prestación por desempleo, aunque estén parados por menos tiempo (o eso cree el gobierno). Aunque aumente el número de afiliados, también lo hará el número de demandantes de prestaciones, lo cual a efectos prácticos no soluciona nada o empeora las cosas.

3.- Los jóvenes siguen siendo de usar y tirar. Si hemos llegado casi al 50% de paro juvenil, no es porque los jóvenes sean unos perroflautas zopencos y vagos. A pesar de que algunos así lo piensen. Lo cierto es que la llamada generación Y es la mejor preparada de la historia. No obstante, son (somos) objeto de la mayor precariedad laboral desde el siglo XIX. Hasta el punto de que un porcentaje alarmante se está decantando por la emigración. No son los emigrantes de los años 50. Son (somos) gente con estudios, con conocimientos de idiomas, de las nuevas tecnologías, muy adaptables al medio, y sin vínculos económicos en España. La consecuencia de ello es el peligro de que consigan un trabajo estable en el extranjero... y se queden. Esta reforma laboral introduce un nuevo contrato para fomentar la contratación de jóvenes, es cierto, pero se queda en papel mojado cuando se apareja a un periodo de prueba de un año. Es cierto que la empresa puede obtener bonificaciones en la Seguridad Social, si mantiene ese contrato durante tres años. Pero también puede optar por despedir sin coste y contratar a otra persona joven que le sustituya. No se introducen, en cambio, formas de compatibilizar trabajos y estudios, como ocurre en el resto de Europa, que puedan facilitar la independencia y el desarrollo económico y social.

4.- La formación, de nuevo olvidada. Se introduce la cuenta de formación, como una forma de acreditar la educación y capacidad de un trabajador. Sin embargo, tiene muchos problemas. En primer lugar, no tiene efectos retroactivos, lo cual perjudica a los trabajadores en activo. En segundo lugar, no se establecen mecanismos que certifiquen que esa formación en la empresa se presta de forma efectiva. Ante lo cual, se abre la puerta a numerosos abusos. Tampoco se introducen mecanismos que permitan incentivar la innovación en el marco de la formación en el trabajo. Sigue teniendo un carácter meramente instrumental, la llamada "titulitis" que afecta a nuestro mercado laboral. Y así seguirá, creando parados para la exportación.

5.-Las agencias de colocación adquieren el mismo valor que la agencia pública de empleo. Ya he comentado antes que esta clase de empresas camina al filo de la legalidad. Dotar a estas sociedades de la capacidad de colocar a los parados es bueno, dentro de unos límites (la legalidad, por ejemplo). Dotarles de la autoridad para penalizar a los que no escojan esa opción, puede ser peligroso. Las ETTs son empresas privadas. Se lucran con la cesión de trabajadores. No les importa en absoluto que el trabajador tenga que operar en condiciones infrahumanas, o que, para el caso, se le retribuya de alguna forma.

6.- Despidos, despidos por todas partes. Esto tiene menos complejidad de lo que parece. Si pretendes crear empleo, no puedes basar una reforma laboral en el despido. "Así se contratará más". Pues ya veremos. Por de pronto, es fácil llegar a la conclusión de que si bajas el precio de un producto, habrá más gente dispuesto a comprarlo. Esto funciona igual: si bajas el precio del despido, habrá más empresas dispuestas a despedir. La propia previsión del gobierno es que se destruyan de aquí a final de año, más de medio millón de puestos de trabajo. ¿Y sin reforma, llegaríamos a los diecisiete millones por fin? Por otra parte, liberalizar los EREs de forma que se puedan hacer sin autorizacion administrativa, es una pesadilla conceptual. Mañana habrá cola en la Seguridad Social para comunicarlos.

En conclusión, esta reforma laboral es un desastre tan premeditado que me cuesta pensar que no vaya a necesitar una vuelta de hoja radical antes de final de año. Huelga laboral habrá seguro. Que sirva o no de algo, es otra cosa. El gobierno parece ahora mismo valiente al respecto, pero luego llegarán los tirones de orejas del extranjero por parte de los "mercados", y el gobierno volverá a echar la culpa al PSOE, y seguirá sin hacer nada (el gobierno, y me temo, también el PSOE). Ya lo veréis.

Enlace

viernes, 17 de febrero de 2012

Así fallará la reforma laboral (IV)


Está visto que esta serie de artículos sobre la reforma laboral va a tener más entregas que Saw y un final igual de dramático. Al fin y al cabo, ambos van de recortar cosas, ¿no? Chistes fáciles aparte, esta semana he estado analizndo el texto legal, pero también las reacciones al mismo. Y antes de entrar en el ánalisis de la reforma en sí, hay algunas cosas que me gustaría aclarar y rebatir en esta entrada. Fundamentalmente, lo que daría en denominar "grandes mitos del mercado laboral español". Muchos de los argumentos que se están dando pro y contra a la reforma parten de errores conceptuales importantes, alimentados no sé si por ignorancia, interés político/económico, o una mezcla de ambos.

Ahí van algunas pedradas:
1.- El abaratamiento del despido es positivo porque contribuye al movimiento del mercado laboral. El abaratamiento del despido puede ser positivo, (aunque mayormente, tiene un efecto neutro). La principal razón es una cuestión de dumping social. El coste de despido incrementa los costes de la actividad productiva, y por tanto, la hace menos eficiente. De acuerdo. Por lo tanto, el argumento en favor de reducir el coste de despido tiene sentido en un contexto en el cual existe igualdad de oportunidades entre trabajadores. Sin embargo, en un mercado dual de trabajadores como el nuestro, lo que provoca es una mayor temporalidad. Es decir, que la reducción del coste de despido incrementa la contratación pero también el despido (empresarios que antes no estaban dispuestos a despedir ahora lo están, ya sea para reconvertir trabajadores regulados por la normativa antigua a otros regulados por la nueva; o simplemente porque si se regulan por la nueva norma es rentable despedir). Además, esto se cristaliza con la dualidad de nuestro mercado laboral. El empresario no va a despedir a los "jarrones Ming" de su plantilla (trabajadores altamente ineficientes, pero con una antiguedad tal que supone un alto coste de despido), sino al empleado joven que ha contratado el mes pasado y cuya indemnización por desempleo es ridícula.

2.- La flexibilidad del mercado es positiva. Cierto, pero solo en parte. La flexibilidad es positiva en un mercado laboral donde la expectativa de encontrar un nuevo empleo es elevada. De tal manera que si la alternativa está entre dejar mi puesto de trabajo o desplazarme a la Cochinchina, manteniendo todas las cargas financieras actuales (hipoteca, familia, etc), más los costes adicionales de desplazarse al nuevo destino; elegir dejar el puesto de trabajo no suponga un riesgo traumático de incurrir en marginación. No es el caso del mercado laboral español, que se caracteriza por un porcentaje muy elevado de parados de larga duración. Por otra parte, la flexibilización del mercado y el aumento de potestades del empresario, facilitan que éste no cree puestos de trabajo nuevos, sino que adapte los existentes a sus posibilidades. Dado que el trabajador tiene la opción de rescindir su contrato, en aquellos casos en los que no haya acuerdo (y siempre va a haber un porcentaje de ellos), el trabajador se va a la calle sin subsidio. Sin garantías de poder volver a incorporarse al mercado, en las condiciones actuales. Es decir, que la flexibilidad puede incrementar la dualidad, y también el paro.

3.- Los jueces son quienes mejor determinan el coste del despido. A pesar de mi total respeto por la actividad judicial, creo que quienes más eficientemente determinan el coste del despido son trabajador y empresario. Es decir, deben favorecerse los mecanismos de mediación laboral, no eliminarlos (o limitarlos hasta dejarlos mutilados) como hace el decreto. La razón está en los costes indirectos que supone la judicialización del despido. Estos costes indirectos incluyen por una parte los salarios de tramitación y por otra parte el coste del propio juicio. Ni lo uno, ni lo otro, es un coste que debería dejar de ser tenido en cuenta. Además, también favorece a la eficiencia una mayor transparencia en la relación laboral, si ambas partews conocen a priori el coste de terminar la relación laboral. Dejándolo al arbitrio del juez, simplemente se consigue mayor oscuridad.

4.- Abaratar el despido contribuye a reactivar el mercado. Es un poco incidir sobre lo dicho, pero reduciendo costes unilateralmente vía salario, y ofreciendo precios más bajos, no se contribuye a una mayor competitividad. Se ajusta la oferta y la demanda en un equilibrio más bajo, en todo caso. Mientras que en la lado de la demanda, el único valor variable que afecta a la misma es el multiplicador del consumo, en el lado de la oferta los precios de los productos y los salarios son los principales valores que la configuran. Si se reducen los salarios, los empresarios se encuentran con que sus costes son menores, y por tanto pueden reducir costes y reducir el precio de los productos. Por su parte, los trabajadores se encuentran con un sueldo menor, aunque la rebaja de precios aumenta su renta. Eso es lo que debería aumentar el consumo y producir una espiral de crecimiento. Sin embargo, si los empresarios no reducen precios (y por tanto, su propio beneficio) en favor de la expansión del mercado, lo único que se produce es una reducción de la renta disponible de los trabajadores, que consumirán menos y por tanto aumentarán la espiral depresiva. ¿Qué puede influir en que los empresarios reduzcan o no los precios? En un mercado de información perfecta, el empresario sabe que reducir precios va a provocar un aumento de la demanda. Sin embargo, en el mundo real, eso no ocurre así. En primer lugar, uno de los pilares de la economía es que los agentes son racionales, y siempre procuran maximizar su beneficio. Por esa razón, ante la decisión de aumentar el beneficio y reducir precios con la incertidumbre de si eso provocará un aumento del consumo que compense los beneficios perdidos en la reducción de costes, el empresario decidirá quedarse con los beneficios.

5.- Hay que ayudar a las PYMEs, porque representan más del 90% de nuestro tejido empresarial. NO, NO, y NO. Y esto me cuesta decirlo, porque yo mismo me plantée (y no descarto del todo) montar mi propio negocio. Es cierto que crear una empresa en España es una pesadilla conceptual. Hay demasiadas trabas burocráticas y barreras financieras de entrada. Es cierto que se deben apoyar a las start-ups. Pero hay más motivos que supongan que es negativo ayudar más a las PYMEs. En primer lugar, porque nuestra economía padece una suerte de "síndrome de los tres chiflados". Tenemos demasiadas empresas pequeñas, y pocas tienen la dimensión como para exportar. Claro, las empresas que exportan son las grandes. ¿Qué nos va a servir para salir de la crisis? La exportación. Por eso que debemos favorecer el crecimiento de las empresas, su agrupación en clústeres, así como la fusión entre ellas. Sólo de esa forma se puede lograr la masa crítica suficiente como para que se produzcan economías de escala en la exportación. Y sólo la exportación nos va a sacar de la recesión. La matemáticas no mienten. La ecuacion de la oferta agregada es Y=C+G+I+X-M. Es decir, que la renta es igual al consumo (actualmente en descenso, por la reducción de la capacidad de ahorro y la reducción de la renta disponible, ambos factores que afectan al multiplicador del consumo) más el gasto público (de su reducción creo que no hay ni que hablar, es evidente) más la inversión (sin crédito por parte de las entidades financieras ni del Estado, este es prácticamente cero en la actualidad) más las exportaciones y menos las importaciones (España tiene en su balanza de pagos el segundo peor déficit del mundo). Es decir, en estos momentos, lo único que suma a la demanda son las exportaciones. Y las PYMEs no pueden afrontar un aumento de las exportaciones eficientemente. Además, hay otro factor a tener en cuenta. Es el desincentivo a crecer que tienen las PYMEs cuando dejan de serlo y pierden las subvenciones que se aparejan a su condición. Debido a que las PYMEs se miden por el número de trabajadores, y no otros parámetros, prefieren aumentar la carga de sus trabajadores, que contratar otros nuevos.


VIDA EXTRA: Sobre el polémico punto quinto (sabía que traería cola), quiero hacer una matización. No digo que las pymes sean el mal y que haya que exterminarlas. Hay que filtrar esas ayudas, distinguir el trigo de la paja, con el objeto de lograr una reconversión del modelo empresarial en uno fundamentado en la exportación. La exportación, ciertamente, no es tan difícil. Puede hacerse, incluso por una empresa pequeña. Pero tiene barreras de entrada logísticas: el transporte es caro. Eso supone que o bien incrementas el precio (y te haces menos competitivo), o bien reduces tu margen de beneficios, que se puede compensar si tienes un volumen de ventas adecuado. Pero hay una tercera vía: reducir los costes logísticos mediante economías de escala, y esto es algo que solo pueden llevar a cabo empresas grandes o empresas pequeñas a través de la agrupación en clústeres. Como nuestro modelo empresarial es el de las pymes, la opción más racional es ayudar sólo a las pymes con un compromiso de crecimiento o de clusterización y una estrategia definida de exportación.Enlace